La Superintendencia de Riesgos del Trabajo ha publicado una nueva resolución con vigencia a partir del 1º de agosto, en la cual establece una serie de cambios referidos a la suscripción y al contrato de afiliación.
En primer lugar, la norma dispone la implementación de un nuevo modelo de solicitud de afiliación y del contrato tipo de afiliación. Asimismo establece la obligatoriedad, por parte del empleador, de declarar al momento de la suscripción de la solicitud de afiliación o previo a la renovación automática del contrato, los datos de los establecimientos que posea; el estado de cumplimiento de las normas de higiene y seguridad laboral de cada uno de ellos, y el plan de regularización de los incumplimientos allí consignados.
La resolución S.R.T. 463/09 modifica la solicitud de afiliación, el contrato tipo de afiliación y crea el registro de cumplimiento de normas de salud, higiene y seguridad en el trabajo.
La resolución 529/09 sustituye los art. 10, 11, y 20 de la resolución 463/09 y establece que todo contrato con fecha de inicio de vigencia o que se renueve a partir del 01/08/09 debe cumplir con este nuevo marco normativo
Asimismo, las empresas deberán completar el Relevamiento General de Riesgos Laborales y, en caso de corresponder, el plan de regularización de incumplimientos denunciados con frecuencia anual antes de la fecha de renovación de la vigencia del contrato.
Recuerde que, según lo establecido por la norma, en caso de que el empleador no presente la documentación dentro del plazo establecido, la ART deberá incrementar en un 50% las alícuotas correspondientes hasta tanto se regularice la situación. Además la ART deberá denunciar el incumplimiento ante la SRT, y la empresa no podrá traspasarse a otra ART hasta tanto se normalicen las condiciones.
Completar y enviar estos Formularios es fundamental para la correcta realización de las acciones de prevención y evitar sanciones por incumplir lo establecido en las resoluciones SRT 463/09 y 529/09.
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